Todo sobre las novedades de la normativa de Tiempo de Conducción y Descanso 2020

08/20/2020
NOVEDADES DEL REGLAMENTO DE TIEMPO DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO DE CONDUCTORES PROFESIONALES.
Hoy entra en vigor la nueva normativa que regula el tiempo de conducción máximo y los períodos de descanso de los conductores profesionales durante su jornada laboral (semanalmente) así como las pausas mínimas que éstos deben realizar.
Así lo hizo oficial el Diario de la Unión Europea, el pasado 31 de julio, en el que da por finalizados los 3 años de tramitación, después de evaluar la eficiencia de la aplicación de la normativa vigente en el sector del transporte en carretera por toda la Unión Europea.
¿CUÁLES SON LAS NOVEDADES DE ESTE REGLAMENTO?
- Para mejorar la realización de las operaciones de transporte internacional, se adaptan las disposiciones de los descansos semanales normales. Así cumpliendo las normas, el trabajador podrá disfrutar de este período de descanso semanal normal en su domicilio. Efectuándose de la siguiente manera: haciendo dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, llegando a las 48 horas. Teniendo en cuenta que las 4 semanas siguientes y consecutivas se realice un mínimo de 4 períodos de descanso semanales, dos normales de al menos 45 horas. Para saber si hablamos de un transporte internacional o no, debe tenerse en cuenta, si el conductor inicia los dos períodos de descanso semanal reducidos consecutivos fuera del estado miembro donde está establecida su empresa y fuera del sitio de residencia del conductor.
- Siguiendo con esta mejora, se añade una excepción sobre las circunstancias en las que un conductor puede superar el tiempo de conducción diario y semanal en un total de una hora, para poder llegar a su domicilio o centro de operaciones y tener el período de descanso semanal.
- Es más, podrá superar el tiempo de conducción hasta dos horas cuando haya hecho una pausa ininterrumpidamente de 30 minutos justo después de la conducción adicional para llegar a su domicilio o centro de operaciones para tener el período de descanso semanal normal.
- Es importante aclarar que estas excepciones deben notificarse manualmente en la hoja de registro o en el documento impreso del aparato de control.
- Si se ha excedido en el tiempo de conducción deberá compensarse con un tiempo de descanso equivalente, junto con otro período de descanso en las tres semanas siguientes.
- También se especifica que las empresas de transporte deben organizar las rutas, para que como máximo un chófer esté 4 semanas consecutivas, fuera de su centro de operaciones o domicilio. Para que a su vuelta comience su período de descanso semanal normal o descanso semanal de más de 45 horas.
La empresa será la encargada de documentar la forma en que se cumple esta medida de forma obligatoria, conservando la documentación para presentarla si es reclamada por las autoridades de control.
- Para mejorar y fomentar el progreso social, deben especificarse el lugar en el que se tomaran, los transportistas, el período de descanso semanal normal (de al menos 48 horas o superior). Se debe garantizar que será en unas condiciones adecuadas, fuera de la cabina, ya coste de la empresa.
Chófer conduciendo su camión.
En definitiva, éstos son los principales cambios que presenta la normativa vigente y que tiene previsto implementarse a partir de hoy 20 de agosto. Unos cambios que tiene como objetivo velar por los derechos y tiempos de descanso de los conductores, así como su seguridad vial durante los largos trayectos, así como para el resto de usuarios.
Si quieres saber más, haz clic aquí para ver todo el nuevo reglamento.
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